Golpe de gracia a la justicia universal
José Couso, el cámara de Telecinco asesinado en Irak en 2003.
Al igual que sucedió hace casi cinco años, en esa aplicación retroactiva podría estar la clave de esta medida. Si entonces se trataba de aplacar las iras del gobierno de Israel, ahora todo apunta al propósito de forzar el archivo de la causa abierta contra altos cargos del Partido Comunista chino por el genocidio en Tibet. El pasado mes de noviembre, la Audiencia Nacional dictó órdenes de arresto internacional contra cinco exaltos cargos de la cúpula del poder del país que recientemente ha desbancado a Estados Unidos como primera potencia comercial mundial, entre ellos el expresidente Jiang Zemin.
La reforma, tramitada por la vía de una proposición de ley del Grupo Popular en el Congreso, contentará sin duda a Pekín, pero tendrá una consecuencia terrible para las víctimas de otros casos de graves violaciones de derechos humanos: el sobreseimiento de la docena de investigaciones abiertas por jueces de la Audiencia Nacional en aplicación del principio de jurisdicción universal. Este principio era el que, al menos hasta 2009, permitía juzgar en España a los supuestos culpables de delitos como el genocidio u otros crímenes de lesa humanidad cometidos en cualquier lugar del mundo.
Casos como el asesinato a manos de militares estadounidenses del cámara de televisión José Couso, en Irak; los casos por genocidio en Guatemala, Ruanda y el Sáhara, así como el asesinato del sacerdote español Ignacio Ellacuría en El Salvador, entre otros, quedarán automáticamente archivados si la reforma, como es de prever dada la mayoría absoluta del Partido Popular, sale adelante.
Desde 2009, tras una reforma pactada por el PSOE y el PP, para aplicar este principio de jurisdicción universal, era necesario que en el caso objeto del procedimiento hubiera víctimas españolas, o bien que los hechos tuvieran “un vínculo relevante con España”, un supuesto que concedía cierta discrecionalidad al juez y que ahora se elimina también. Además, de acuerdo con la proposición de ley del Grupo Popular, ahora no bastará con que la víctima tuviera la “nacionalidad española” cuando se perpetró el delito, sino que será necesario que el presunto culpable resida en España, o bien se encuentre en el país.
El fin de la lucha contra la impunidad
Ignacio Jovtis, responsable de información y política de Amnistía Internacional, considera que estos nuevos requisitos acaban prácticamente con la justicia universal: “Lo irónico de todo esto es que, con esta reforma, no quedará ya ningún resquicio de lo que llamamos jurisdicción universal pues esta facultad, según la define el Derecho Internacional, permite juzgar graves delitos de lesa humanidad cometidos por cualquier persona y en cualquier lugar. Los requisitos de nacionalidad y residencia en España, hacen que se haya dado un paso más en acabar con la lucha contra la impunidad, un camino que se inició en 2009″.
“Se vacía hasta tal punto de contenido el principio que, a partir de ahora, será incorrecto técnicamente hablar de jurisdicción universal. Estamos ante un enorme retroceso. Cuando parecía que no se podía ir peor, resulta que sí se podía”, deplora el responsable de Amnistía.
Efectivamente, las duras condiciones que prevé la reforma no se cumplen en prácticamente ninguno de los casos abiertos en la Audiencia Nacional, excepto el que juzga los vuelos de la CIA, que podría evitar el archivo al haber hecho escala en España los aviones que trasladaban a supuestos miembros de Al Qaeda. Enrique Santiago, abogado de la familia de José Couso, precisa que esta proposición de ley impulsada por los populares “elimina no sólo el principio de jurisdicción universal sino también el de personalidad pasiva, pues no siempre que haya una víctima española en el extranjero se podrá investigar el caso”.
De ser aprobada la proposición de ley, señala Santiago, para poder juzgar estos casos “seria imprescindible que el victimario estuviera en España, lo que es absurdo, porque si alguien ha cometido un delito contra los intereses de un país, éste sería el último lugar del mundo al que viajaría. La reforma, en la práctica, elimina todos los supuestos en los que se podía ejercer la jurisdicción universal”.
Con respecto a la causa del asesinato de Couso, el abogado precisa que ha hablado hoy mismo con la familia del cámara, que está decidida a seguir adelante. Santiago explica que, si el grupo popular no retira la reforma, “tendrá que haber una petición de archivo de la causa por parte del fiscal, que el juez deberá ordenar”. La familia Couso, precisa el letrado, no espera “nada” del Tribunal Supremo ni del Constitucional, por lo que se plantea recurrir, si es necesario, al Tribunal Europeo de Derechos Humanos “por violación de la tutela judicial efectiva“.
Una reforma “inadmisible”
Manuel Ollé, el abogado que representa a los saharauis que promovieron el caso por genocidio en la antigua colonia española en la Audiencia Nacional, coincide con su colega. Asegura que la reforma es “inadmisible e intolerable, además de contraria al Derecho Internacional y al Derecho Internacional Humanitario. De esta forma, se vuelve imposible ejercer la tutela judicial efectiva y perseguir a los peores criminales de la humanidad”.
Ollé cree que la única explicación que puede dar a esta proposición de ley es la intención de “pagar una factura política utilizando los derechos humanos como moneda de cambio para mejorar las relaciones económicas y comerciales. Especialmente en el caso de China, como ya sucedió en 2009 con Israel y EEUU”.
La forma utilizada para aprobar la modificación legal también merece las críticas de este abogado y expresidente de la Asociación ProDerechos Humanos de España: “Se recurre una vez más a la figura de la proposición de ley, lo que hurta y evita el necesario sosegado debate público y la obligatoriedad de escuchar a víctimas y expertos”.
El letrado considera que la reforma es “contraria al Derecho Internacional y, más allá de que el Grupo Parlamentario Popular tenga la mayoría en el Congreso, el resto de grupos políticos debería sensibilizar sobre esta cuestión”.
Ollé interpreta que la proposición de ley es “una intromisión” del poder legislativo en el judicial:”Algunos jueces honrados y comprometidos con la ley, que están instruyendo estas causas, no han podido ser doblegados y ahora se busca imponerles el archivo de los procedimientos mediante la modificación de la ley. Esta reforma es una atentado contra los derechos humanos y contraviene todos los compromisos internacionales asumidos por España como la Convención de Ginebra y las convenciones contra el Genocidio y contra la Tortura. Vamos a agotar la vía jurisdiccional española para luchar contra ella y después iremos al Tribunal Europeo de Derechos Humanos”, concluye.
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